ASOCIACIÓN NACIONAL ESPAÑOLA DE INGENIEROS DE EXPLOSIVOS (ANEIEX)
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E-Mail: aneiex@aneiex.org
Con fecha de 22 de diciembre de 2004, se constituyó la Asociación Nacional Española de Ingenieros de Explosivos (ANEIEX), asociación profesional que, como tal, se consideraba por los promotores sometida a la Ley 19/1977, de 1 de abril, y el Real Decreto 873/1977, de 22 de abril.
En consecuencia, se solicitó el depósito de los Estatutos de la Asociación en el Registro de la Subdirección General de Programación y Actuación Administrativa de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, incluyendo en dichos Estatutos como fin de la Asociación, por así exigirlo el citado centro directivo a las Asociaciones que pretenden acceder a su Registro, el de intervenir en las relaciones laborales, contribuyendo en paralelo con los sindicatos a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que le son propios, pudiendo celebrar convenios colectivos de trabajo y ostentar representación institucional ante los Organismos Públicos, conforme a lo establecido en el artículo 82 y disposición Adicional Sexta del Estatuto de los Trabajadores. Solicitado el depósito de los Estatutos en el mencionado Registro del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, fue denegado por no acreditarse que los promotores de la Asociación tengan la condición de empleadores. Ante tal rechazo, y quedando como única posibilidad la inscripción de la Asociación en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, sometiéndose al régimen de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, se han adaptado los Estatutos a esta nueva circunstancia, suprimiendo las menciones a aquel otro régimen normativo, así como el citado fin de intervención en las relaciones laborales. Igualmente, a tenor de la Asamblea General de fecha 7 de mayo de 2010, de modificación de Estatutos, por la que se modifica la determinación del miembro de pleno derecho, ya que, siguiendo criterios internacionales de lo que se entiende por Ingeniero de Explosivos y dado que en muchos países esta titulación la otorgan las empresas y/o Asociaciones Profesionales, y siguiendo criterios parecidos a los establecidos en el denominado “Plan Bolonia”, se puede ampliar el concepto de Ingeniero de Explosivos a todos aquellos que se dedican a todo lo relativo con el mundo de los explosivos. De aquí la modificación de la definición de miembro de la Asociación, ampliándose también no sólo a las personas físicas, sino también a las entidades jurídicas. Asimismo, se adaptan los Estatutos a todo lo relativo a la denominada LexNet con las modificaciones que introduce en la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con los medios informáticos y de comunicación actuales.